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RIGI: en qué consiste el proyecto del gobierno y cuáles son sus posibles beneficios y riesgos

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Se trata del Régimen de Incentivos para Grandes Inversiones que se está analizando en el Senado.

El nuevo proyecto de Ley Bases impulsado por el gobierno nacional y que se está debatiendo en la Cámara de Senadores incluye, entre otras modificaciones, el Régimen de Incentivos para Grandes Inversiones (RIGI).

La iniciativa propone un régimen especial que, de ser aprobado, aplicaría únicamente para lo que se consideren grandes inversiones, es decir, las que superen los 200 millones de dólares. El objetivo es atraer inversiones extranjeras en materia de agroindustria, infraestructura, forestal, minería, gas y petróleo, energía y tecnología.

Qué propone el RIGI

El RIGI habilita a las empresas importar máquinas e insumos sin pagar aranceles ni priorizar proveedores locales, además de una reducción de la alícuota del impuesto a las ganancias del 35 al 25%.

El régimen propone además la devolución acelerada de saldos a favor en un plazo no mayor a tres meses (IVA); y requisito de liquidación de divisas en el MULC del 80% en el primer año para llegar a 0% en el tercer año. Según algunos especialistas, esto «pone en riesgo las reservas del Banco Central», señalaron desde la Fundación Innovación con Inclusión.

Seguridad jurídica

En cuanto al aspecto jurídico, resta clarificar si las provincias y municipios deben adherir al RIGI para que este se les aplique. La confusión proviene del choque entre dos artículos: el art. 222 invita a la adhesión del RIGI mientras que el art. 163 fija obligaciones compulsivamente.

Paralelamente, en su art. 223 la norma establece restricciones para quienes hayan adherido, y el art. 163 establece las mismas restricciones más allá de la adhesión.

Las provincias, en duda

Otro punto importante del régimen está relacionado al respeto de las autonomías provinciales, consagradas en el art. 121 de la Constitución Nacional.

El art.163 del proyecto propone limitar a las provincias a aplicar sus regímenes especiales cuando se trate de un proyecto vinculado al RIGI, lo que podría afectar la autonomía provincial en puntos estratégicos como la energía, en sus propios territorios.

En ese mismo artículo se establece que «cualquier norma o vía de hecho, nacional o local, por la que se limite, restrinja, vulnere, obstaculice o desvirtúe lo establecido en el presente título, será nula de nulidad absoluta e insanable y la Justicia federal deberá, en forma inmediata, impedir su aplicación».

Según el ordenamiento jurídico argentino, el único organismo habilitado para declarar la nulidad de una norma es el Poder Judicial, como parte de los principios republicanos de gobierno.

Las pymes, en la mira

Otro de los puntos que levanta la preocupación de las Pequeñas y Medianas Empresas (Pyme) es la cantidad de beneficios que se concederían a las empresas extranjeras que se encuadren en el RIGIcon una vigencia además que se extiende por 30 años. Esto vulneraría los principios de igualdad y razonabilidad, ya que las Pyme no tienen acceso a beneficios de esta magnitud.

Además, la no liquidación de divisas desde el tercer año de inversión en adelante afecta los intereses del país, que necesita dólares para estabilizar la economía nacional.

Alerta de los gremios

Por otra parte, el RIGI establece que se podrán traer trabajadores de otros países en lugar de promover el empleo local, ya golpeado por la recesión.